Programa Asistencia Pymes

Municipio de Benito Juárez

MEDIDAS ECONÓMICAS COVID -19

Este paquete de medidas representa un gran esfuerzo municipal ante la compleja situación que atraviesan la mayoría de los Comercios y Prestadores de Servicios, en el marco del desplome económico producto de la cuarentena, que también afecta a la administración municipal.

Los beneficios serán acotados en el tiempo, si saber exactamente cuánto durará esta situación. En principio rigen sólo para los meses de Mayo, Junio, Julio y Agosto, para el caso de las exenciones o Bonificaciones al Comercio en la Tasa de Inspección Seguridad e Higiene; o para la segunda y tercer cuota del Impuesto Automotor Municipalizado,

Ponemos a disposición esta herramienta para aquel pequeño comercio o Prestador de Servicios, la propuesta de un régimen simplificado para contribuyentes de la Tasa de Seguridad e Higiene cuya facturación anual sea inferior a los $700.000 o a los $200.000 según el caso.

Entre las medidas a tomar, acordamos mediante la Ordenanza Nº5.510 eximir totalmente del pago de las cuotas tres y cuatro de la TISH de Comercios y de actividades económicas afectadas por la cuarentena al día de la fecha, es decir, las no esenciales previstas por la cuarentena y siempre que su facturación resulte igual o menor a los 5 millones de pesos anuales. El beneficio está limitado a las empresas más pequeñas de los rubros que no pueden desempeñar sus actividades: Hoteles, Restaurantes, Bares, Cervecerías, Pubs, Boliches Bailables, Clubes, Gimnasios entre otras.

Las eximiciones deberán ser solicitadas por los titulares de las obligaciones fiscales por vía web a través de la pagina Web oficial del Municipio (www.benitojuarez.gov.ar)  o por nota, acreditando estar comprendidos en las actividades y servicios considerados «exceptuados» al día de la fecha en nuestro distrito.

La tramitación podrá ser canalizada por internet, la que será analizada y de corresponder se autorizará, es decir que para acceder a los beneficios no será necesario realizar ningún trámite presencial ya que en los próximos días se podrá realizar la gestión vía web.

En el mismo sentido, el Municipio realizará Bonificaciones Extraordinarias del 40% al buen contribuyente de las Tasas de Seguridad e Higiene y Patentes de Automotores Municipalizados.

Un esfuerzo de todos

En la situación actual la caída de la recaudación ha llegado al 60% acumulado, durante el mes de Abril. Se registra una baja significativa en la recaudación y frente a esta situación mediremos «día a día» como afrontamos los compromisos de la gestión. Todos estamos haciendo un gran esfuerzo.

Asimismo, queremos informar que desde el comienzo de esta cuarentena se suspendieron las ejecuciones fiscales, y vamos a sostener esta decisión en principio por 90 días. Son alcanzados por esta medida, todos los procesos de ejecución fiscal por deudas tributarias o de multas.

También otorgaremos un plazo de 60 días posteriores a la finalización del aislamiento social preventivo obligatorio, para que los incluidos en la norma, cumplan con la regularización y renovación de las habilitaciones comerciales que se encontraren pendientes, vencidas o en trámite, suspendiéndose, durante dicho período, la aplicación de multas y clausuras de los locales involucrados por tal motivo.

Implementaremos además la bonificación del 100% de los intereses generados por pago fuera de término de aquellos tributos municipales directamente vinculados a la actividad comercial por 90 días contados desde la aplicación de la medida que incluyen todas las Tasas Municipales de aquellas actividades exceptuadas por el Municipio por motivos de la cuarentena y de acuerdo a las normativas a nivel provincial y nacional.

Proponemos a solicitud del contribuyente diferir los vencimientos de 3 cuotas de los créditos, tanto los productivos, los del Fomues, como los destinados a la refacción de viviendas, hacia el final del compromiso. Las cuotas de los vencimientos de créditos que operan en los meses de Mayo, Junio y Julio se postergarán al final del compromiso convenido en cada crédito.

En esta misma oportunidad anunciamos la puesta en vigencia de un Plan de Regularización de Deudas o Moratoria con vigencia hasta el 31 de Agosto del corriente. Dicha Moratoria es de hasta 36 cuotas y entre las distintas variantes ofrece para un plan de hasta 7 cuotas con quitas del 95% de los intereses. Podrán afectar al mismo hasta las cuotas vencidas durante el mes de Abril. La sola adhesión a este plan de facilidades le permite acceder al beneficio impositivo de contribuyente cumplidor y evita subas impositivas en sus tasas municipales.

Cuota Mínima: $1.000. Opciones de plan: de 0-7cuotas quita 95%; de 8-15 cuotas quita 80%; de 16-20 cuotas quita 70%, de 21-25 cuotas quita 60%; de 26-36 cuotas quita 50%.

Las 8 medidas anunciadas por la Municipalidad de Benito Juárez:

1. Eximiciones en Comercio: En Mayo, Junio, Julio y Agosto estarán eximidos del pago de la Tasa de Inspección, Seguridad e Higiene de las actividades afectadas por las restricciones de la cuarentena al día de la fecha, Hoteles, Restaurantes, Bares, Cervecerías, Pubs, Boliches Bailables, Clubes, Gimnasios entre otros. Ordenanza Nº5.510

2. Bonificaciones extraordinarias del 40% en Tasas de Seguridad e Higiene y Patentes de Automotores. Decreto Nº594/20

3. Planes de Créditos Municipales: diferimiento de las cuotas cuyos vencimientos operan los Meses de Mayo, Junio y Julio.Decreto Ordenanza Nº5.510

4. Ejecuciones fiscales: Se suspenden por 90 días los pedidos de ejecución de Procuración Fiscal por deudas de Tasa y Multas Municipales.Decreto Nº594/20

5. Plan de facilidades, planes de pagos o Moratoria para las tasas de Servicio Sanitario Medido, Alumbrado y Conservación en la Vía Publica, Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene, Patentes de Automotores, Derecho de Cementerio, Derecho de Construcción, entre otras. Decreto Nº594/20

6. De ser necesario se otorga la bonificación del 100%de los intereses generados por pago fuera de término de aquellos tributos municipales directamente vinculados a la actividad comercial por 90 días contados desde la aplicación de la medida.Ordenanza Nº5.510

7. Proponer la utilización de un régimen simplificado para contribuyentes de la Tasa de Seguridad e Higiene cuya facturación sea inferior a los $700.000 o a los $200.000.Ordenanza Impositiva Vigente.

8. Además se otorga hasta un plazo de 60 días posteriores a la finalización del aislamiento social preventivo obligatorio, para que los incluidos como exceptuados en la norma, cumplan con la regularización y renovación de las habilitaciones comerciales que se encontraren pendientes, vencidas o en trámite, suspendiéndose, durante dicho período, la aplicación de multas y clausuras de los locales involucrados por tal motivo. Por último se habló sobre la flexibilización de distintas actividades.Decreto Nº594/20

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